«La prohibición de conducir vehículos que se impone en esta sentencia en calidad de medida cautelar, se orienta a entorpecer el rango de movilidad urbana del agresor para que no pueda continuar con el acecho a la denunciante, y quedará sin efecto cuando complete el taller para el abordaje y tratamiento de la violencia que brinda el Servicio de Protección de Derechos dependiente de la Municipalidad, y demuestre además obediencia ejemplar a las providencias cautelares dictadas en protección de la Sra. N.»